Normativa › Cataluña
Decreto Legislativo 1/1997 de función pública de Cataluña
Texto único de preceptos en materia de función pública de la Generalitat.
Texto consolidado tomado del BOE, artículo a artículo. Reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE.
Disposiciones
TÍTULO 1 · Del objeto de la Ley, principios en que se inspira y ámbito de aplicación
- Artículo 1 — Objeto y principios de la Ley
- Artículo 2 — Ámbito de aplicación
- Artículo 3 — Normas específicas de aplicación
TÍTULO 2 · De los órganos competentes en materia de personal
- Artículo 4 — Órganos superiores
- Artículo 5 — El Gobierno
- Artículo 6 — El consejero competente en materia de función pública
- Artículo 7 — La Comisión Técnica de la Función Pública
- Artículo 8 — El Consejo Catalán de la Función Pública. Composición y funciones
- Artículo 9 — La Inspección General de Servicios de Personal
CAPÍTULO 1 · Del personal al servicio de la Administración de la Generalidad
- Artículo 10 — Clases de personal
- Artículo 11 — Funcionarios
- Artículo 12 — Personal eventual
- Artículo 13 — Personal interino
- Artículo 14 — Personal laboral
- Artículo 15 — Personal laboral no permanente
CAPÍTULO 2 · De los cuerpos y escalas de funcionarios
- Artículo 16 — Reserva de ley
- Artículo 17 — Contenido de las leyes
- Artículo 18 — Agrupación por cuerpos y escalas
- Artículo 19 — Grupos de nivel de titulación
CAPÍTULO 3 · Del Registro General de Personal
- Artículo 20 — Obligatoriedad de la inscripción en el Registro
- Artículo 21 — Protección de los datos del Registro
- Artículo 22 — Introducción y mantenimiento de los datos del Registro
- Artículo 23 — Comunicación del reconocimiento de nuevas remuneraciones
- Artículo 24 — Coordinación de los Registros de personal
CAPÍTULO 4 · De la oferta de empleo público
- Artículo 25 — Contenido de la oferta
- Artículo 26 — Promoción del acceso de personas discapacitadas
- Artículo 27 — Reserva de plazas en la oferta de empleo público
CAPÍTULO 5 · De la plantilla de personal y de la relación de puestos de trabajo
- Artículo 28 — Plantilla de personal
- Artículo 29 — La relación de puestos de trabajo
- Artículo 30 — Puestos de trabajo ocupados por personal laboral
- Artículo 31 — Competencias para aprobar las relaciones de puestos de trabajo
- Artículo 32 — Objetivos de la relación de puestos de trabajo
- Artículo 33 — Valoración y clasificación de los puestos de trabajo
CAPÍTULO 1 · De la condición de funcionario
- Artículo 34 — Adquisición de la condición de funcionario
- Artículo 35 — Pérdida de la condición de funcionario
- Artículo 36 — Efectos de la renuncia
- Artículo 37 — Efectos de la separación
CAPÍTULO 2 · De la jubilación
- Artículo 38 — Jubilación forzosa
- Artículo 39 — Jubilación voluntaria
- Artículo 40 — Jubilación anticipada incentivada
- Artículo 41 — Adecuación de la forma de prestación de servicios a las condiciones físicas o psíquicas
CAPÍTULO 3 · De la selección del personal
- Artículo 42 — Principios de la selección
- Artículo 43 — Adecuación del sistema de selección al contenido del puesto de trabajo
- Artículo 44 — Competencias de la Escuela de Administración Pública en materia de selección
- Artículo 45 — Requisitos para la admisión a los sistemas de selección
- Artículo 46 — Sistemas de selección
- Artículo 47 — Selección por oposición
- Artículo 48 — Contenido de la oposición
- Artículo 49 — Selección por concurso oposición
- Artículo 50 — Selección por concurso. Carácter excepcional
- Artículo 51 — Cursos de formación y fase de prueba
- Artículo 52 — Formación complementaria a la oposición
- Artículo 53 — Fase de prueba
- Artículo 54 — Los tribunales y órganos técnicos de selección
- Artículo 55 — Adecuación del número de aspirantes a las bases de la convocatoria
- Artículo 56 — Contenido de las convocatorias subsiguientes a la oferta
- Artículo 57 — Promoción del acceso de personas necesitadas de reinserción social
- Artículo 58 — Condiciones de acceso
CAPÍTULO 4 · De la promoción interna
- Artículo 59 — Garantía de la promoción interna
- Artículo 60 — Especialidades de la promoción interna
CAPÍTULO 1 · De los sistemas de provisión de puestos de trabajo
- Artículo 61 — Provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios
- Artículo 62 — Concurso
- Artículo 62 bis — Participación en las convocatorias de concursos generales para la provisión de puestos de
- Artículo 63 — Libre designación
- Artículo 64 — Contenido y publicidad de las convocatorias
- Artículo 65 — Competencia para convocar
- Artículo 66 — Los manuales de organización
- Artículo 67 — Redistribución de efectivos
- Artículo 68 — Medidas e instrumentos de racionalización
- Artículo 69 — Los planes de empleo
- Artículo 70 — Reingreso al servicio activo
CAPÍTULO 2 · De la movilidad de los funcionarios
- Artículo 71 — Condiciones de la movilidad
- Artículo 72 — Derechos derivados de la movilidad por transferencias de servicios de otras administracion
- Artículo 73 — Derechos derivados de movilidad por participación en sistemas de provisión
- Artículo 74 — Requisitos y efectos de la movilidad
CAPÍTULO 3 · De la remoción de los funcionarios
- Artículo 75 — Remoción de los funcionarios
- Artículo 76 — Atribución provisional de un puesto
- Artículo 77 — Retribuciones de los funcionarios removidos o cesados
- Artículo 78 — Supresión del puesto de trabajo
- Artículo 79 — Retribuciones de los funcionarios cesados por alteración o supresión de sus puestos de tra
CAPÍTULO 4 · Del grado personal
- Artículo 80 — Adquisición y consolidación del grado personal
- Artículo 81 — Especialidades de la adquisición y consolidación del grado
- Artículo 82 — Consolidación del grado en situaciones de servicios especiales o de excedencia forzosa
CAPÍTULO 5 · De la formación
- Artículo 83 — Formación y perfeccionamiento de los funcionarios
TÍTULO 6 · De las situaciones administrativas
- Artículo 84 — Clases de situaciones
- Artículo 85 — Situación de servicio activo
- Artículo 86 — Situación de excedencia voluntaria
- Artículo 87 — Situación de servicios en otras administraciones
- Artículo 88 — Situación de servicios especiales
- Artículo 89 — Situación de suspensión de ocupación
- Artículo 90 — Excedencia forzosa
- Artículo 91 — Situación de expectativa de destino
CAPÍTULO 1 · De los derechos de los funcionarios
- Artículo 92 — Derechos de los funcionarios
- Artículo 93 — Protección de los funcionarios
- Artículo 94 — Vacaciones retribuidas
- Artículo 95 — Licencias
- Artículo 96 — Permisos
- Artículo 97 — Especificidades de los permisos por lactancia, guarda legal, maternidad, adopción y acogim
- Artículo 98 — Medidas de seguridad e higiene en el trabajo
- Artículo 99 — Servicios de medicina preventiva
CAPÍTULO 2 · Del régimen retributivo
- Artículo 100 — Principios del sistema retributivo
- Artículo 101 — Conceptos retributivos
- Artículo 102 — Retribuciones básicas
- Artículo 103 — Retribuciones complementarias
- Artículo 104 — Cuantía de las retribuciones
- Artículo 104 bis
- Artículo 105 — Prohibición de ingresos atípicos
CAPÍTULO 3 · De la representación sindical
- Artículo 106 — Derechos y libertades sindicales de los funcionarios
- Artículo 107 — Representación sindical del personal
CAPÍTULO 4 · De los deberes y de las responsabilidades
- Artículo 108 — Deberes del personal de la Generalidad
- Artículo 109 — Responsabilidad por la gestión de los servicios
- Artículo 110 — Acción de regreso
- Artículo 111 — Resarcimiento de los daños a particulares
- Artículo 112 — Comunicación a la jurisdicción penal
- Artículo 113 — Responsabilidad disciplinaria
- Artículo 114 — Tipos de faltas
- Artículo 115 — Faltas muy graves
- Artículo 116 — Faltas graves
- Artículo 117 — Faltas leves
- Artículo 118 — Principios del procedimiento disciplinario y órganos competentes para la imposición de las
- Artículo 119 — Tipos de sanciones
- Artículo 120 — Criterios de graduación de faltas y sanciones
- Artículo 121 — La prescripción y la inscripción de faltas y sanciones
TÍTULO 8 · Del personal no funcionario
- Artículo 122 — Aplicación analógica del régimen funcionarial
- Artículo 123 — Personal eventual
- Artículo 124 — Nombramiento de personal interino
- Artículo 125 — Selección del personal interino y laboral no permanente
- Artículo 126 — Efectos de los servicios prestados en régimen temporal
- Artículo 127 — Retribuciones del personal laboral
- Disposición adicional primera — Del régimen de Seguridad Social de los funcionarios transferidos
- Disposición adicional segunda — De la normativa aplicable a los contratos administrativos
- Disposición adicional tercera — Del derecho de huelga
- Disposición adicional cuarta — Del régimen aplicable a determinado personal de la Seguridad Social
- Disposición adicional quinta — De la adaptación de los estatutos de personal de la Seguridad Social
- Disposición adicional sexta — De la creación del cuerpo superior de administración
- Disposición adicional sexta bis — Creación de la escala estadística y de análisis del cuerpo superior de administración de l
- Disposición adicional séptima — De la creación del cuerpo de gestión de administración
- Disposición adicional octava — De la creación del cuerpo administrativo
- Disposición adicional novena — De la creación del cuerpo auxiliar de administración
- Disposición adicional décima — De la creación del cuerpo subalterno
- Disposición adicional undécima — De la fecha inicial de consolidación del grado personal
- Disposición adicional duodécima — Del reconocimiento de servicios previos
- Disposición adicional decimotercera — De la adaptación de la Ley al personal de las entidades locales
- Disposición adicional decimocuarta — De las opciones de los aspirantes en las convocatorias de selección
- Disposición adicional decimoquinta — De las delegaciones territoriales de los departamentos
- Disposición adicional decimosexta — Del Consejo de la Policía Autonómica
- Disposición adicional decimoséptima — Del registro de organizaciones sindicales de la policía autonómica
- Disposición adicional decimoctava — De la escala de monitores de extensión agraria
- Disposición adicional decimonovena — Del personal de las entidades del Servicio Catalán de la Salud
- Disposición adicional vigésima — Complemento personal y variable
- Disposición adicional vigésima primera — Adiciones a la Ley 9/1986
- Disposición adicional vigésima segunda — Adiciones a la Ley 21/1987
- Disposición adicional vigésima tercera — Promoción interna del grupo D al C
- Disposición adicional vigésima cuarta — Promoción interna del grupo D al C
- Disposición adicional vigésima quinta
- Disposición adicional vigésima sexta — Reasignaciones funcionales de empleados públicos
- Disposición adicional vigésima séptima — Compartición de servicios en materia de universidades
- Disposición adicional vigésima novena — Fondo de reserva laboral de la Administración de la Generalidad
- Disposición adicional trigésima — Aspirantes aprobados sin plaza
- Disposición adicional trigésima primera — Régimen de selección y provisión de los puestos de trabajo sin singularidad funcional de l
- Disposición adicional trigésima tercera [sic]
- Disposición adicional trigésima cuarta — Personal funcionario y personal directivo de los centros penitenciarios
- Disposición transitoria primera — Efectos de la asignación inicial del grado personal
- Disposición transitoria segunda — Complemento personal y transitorio
- Disposición transitoria tercera — Régimen del personal contratado administrativo o asimilado
- Disposición transitoria cuarta — Régimen del personal laboral equiparado a funcionario
- Disposición transitoria quinta — Régimen del personal que ejercía funciones superiores a su cuerpo
- Disposición transitoria sexta — Oferta única de plazas a promoción interna
- Disposición transitoria séptima — Régimen de determinado personal interino o contratado
- Disposición transitoria octava — Reconocimiento de servicios previos
- Disposición transitoria novena — Implantación del nuevo sistema retributivo
- Disposición transitoria décima — Funcionarización de personal laboral
- Disposición transitoria undécima — Aplicación gradual de los concursos específicos
- Disposición transitoria duodécima
- Disposición transitoria decimotercera
- Disposición transitoria decimocuarta
- Disposición transitoria decimoquinta
- Disposición final primera
- Disposición final segunda
¿Te han denegado una permuta o tienes un plazo corriendo?Calcula tu plazo en esta calculadora, comprueba si merece la pena recurrir o consulta la defensa de tu permuta. Si buscas permuta, publica tu plaza gratis.