Normativa › Cataluña › Artículo 48
Artículo 48 (Cataluña): Contenido de la oposición
CAPÍTULO 3 · De la selección del personal
Si las características de la oposición lo requieren, las pruebas escritas se leen ante los órganos seleccionadores, que están facultados para realizar preguntas a los aspirantes sobre las cuestiones objeto de la prueba.
La correspondiente convocatoria puede establecer una entrevista al candidato para evaluar su idoneidad respecto a las funciones genéricas del cuerpo o escala o de los posibles puestos de trabajo a ocupar.
Texto consolidado tomado del BOE (versión vigente desde el 23/11/1997). Es una reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE. Comprueba siempre la versión en vigor y la normativa propia de tu sector y comunidad.
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