Normativa › Cataluña › Disposición adicional vigésima segunda
Disposición adicional vigésima segunda (Cataluña): Adiciones a la Ley 21/1987
TÍTULO 8 · Del personal no funcionario
Se añade una frase al final de la letra c) del artículo 22 de la Ley 21/1987, de 26 de noviembre, de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración de la Generalidad, con el siguiente texto:
«Si la actividad principal se desarrolla en las universidades catalanas, esta competencia es ejercida por el correspondiente rector.»
Texto consolidado tomado del BOE (versión vigente desde el 23/11/1997). Es una reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE. Comprueba siempre la versión en vigor y la normativa propia de tu sector y comunidad.
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