Normativa › Andalucía
Ley 5/2023 de la Función Pública de Andalucía
Función pública andaluza: acceso, carrera, provisión de puestos y movilidad.
Texto consolidado tomado del BOE, artículo a artículo. Reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE.
CAPÍTULO I · Objeto, ámbito de aplicación y principios
CAPÍTULO II · Atribuciones orgánicas
Sección 1.ª Disposiciones generales
Sección 2.ª Personal funcionario
Sección 3.ª Personal laboral
Sección 4.ª Personal eventual
TÍTULO II · Dirección Pública Profesional
CAPÍTULO I · Derechos
CAPÍTULO II · Deberes, código de conducta y responsabilidad
CAPÍTULO III · Jornada de trabajo, horario, permisos y vacaciones. Modalidades de prestación de servicios
CAPÍTULO IV · Incompatibilidades
TÍTULO IV · La formación, el aprendizaje permanente y la acreditación de competencias
CAPÍTULO I · Disposiciones generales
Sección 1.ª La carrera horizontal del personal funcionario
Sección 2.ª La carrera vertical del personal funcionario de carrera
Sección 3.ª La promoción interna del personal funcionario de carrera
CAPÍTULO III · La evaluación del desempeño
CAPÍTULO I · Derechos retributivos
- Artículo 63
- Artículo 64
- Artículo 65
- Artículo 66
- Artículo 67
- Artículo 68
- Artículo 69
- Artículo 70
- Artículo 71
- Artículo 72
- Artículo 73
- Artículo 74
- Artículo 75
- Artículo 76
- Artículo 77
- Artículo 78
CAPÍTULO II · Seguridad Social y derechos pasivos
CAPÍTULO I · Disposiciones generales
CAPÍTULO II · Negociación colectiva del personal que presta servicios en las Administraciones públicas de Andalucía
CAPÍTULO III · Órganos de representación del personal funcionario y estatutario
CAPÍTULO IV · Solución extrajudicial de conflictos de carácter general del personal funcionario, estatutario y laboral
Sección 1.ª Disposiciones generales
Sección 2.ª Planes de ordenación de recursos humanos
Sección 3.ª Oferta de empleo público
Sección 4.ª Registro de personal y gestión integrada de recursos humanos
Sección 1.ª Ordenación del empleo público
Sección 2.ª Ordenación de los puestos de trabajo
CAPÍTULO I · Principios y requisitos de acceso al empleo público
- Artículo 105
- Artículo 106
- Artículo 107
- Artículo 108
- Artículo 109
- Artículo 110
- Artículo 111
- Artículo 112
- Artículo 113
- Artículo 114
- Artículo 115
Sección 1.ª Personal funcionario
Sección 2.ª Personal laboral
CAPÍTULO I · Principios generales y procedimientos de provisión del personal funcionario
- Artículo 123
- Artículo 124
- Artículo 125
- Artículo 126
- Artículo 127
- Artículo 128
- Artículo 129
- Artículo 130
- Artículo 131
- Artículo 132
- Artículo 133
- Artículo 134
- Artículo 135
CAPÍTULO II · Movilidad funcional
CAPÍTULO III · Movilidad entre Administraciones públicas
CAPÍTULO IV · Provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal laboral
CAPÍTULO V · Procedimientos de movilidad comunes a personal funcionario y laboral
CAPÍTULO I · Personal funcionario de carrera
- Artículo 144
- Artículo 145
- Artículo 146
- Artículo 147
- Artículo 148
- Artículo 149
- Artículo 150
- Artículo 151
- Artículo 152
- Artículo 153
- Artículo 154
- Artículo 155
- Artículo 156
- Artículo 157
- Artículo 158
- Artículo 159
- Artículo 160
- Artículo 161
- Artículo 162
CAPÍTULO II · Personal funcionario interino
CAPÍTULO III · Personal laboral
TÍTULO XII · Régimen disciplinario
- Artículo 165
- Artículo 166
- Artículo 167
- Artículo 168
- Artículo 169
- Artículo 170
- Artículo 171
- Artículo 172
- Artículo 173
- Artículo 174
- Artículo 175
- Artículo 176
- Artículo 177
TÍTULO XIII · Relaciones interadministrativas
- Artículo 178
- Artículo 179
- Artículo 180
- Artículo 181
- Artículo 182
- Disposición adicional primera — Personal laboral por tiempo indefinido
- Disposición adicional segunda — Tramitación electrónica
- Disposición adicional tercera — Órgano administrativo de resolución de conflictos en materia de personal
- Disposición adicional cuarta — Especialidad en la promoción al Subgrupo C1
- Disposición adicional quinta — Cuerpos y especialidades de la Administración General de la Junta de Andalucía
- Disposición adicional sexta — Cambio de denominación de cuerpos
- Disposición adicional séptima — Integración de cuerpos, especialidades y opciones del personal funcionario de la Administr
- Disposición adicional octava — Normativa aplicable a los cuerpos de personal funcionario existentes a la entrada en vigor
- Disposición adicional novena — Declaración a extinguir de cuerpos de personal funcionario
- Disposición adicional décima — Modificación de la relación de puestos de trabajo
- Disposición adicional undécima — Cuerpo Superior de Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía
- Disposición adicional duodécima — Cuerpo Superior de Administración, especialidad Régimen Jurídico
- Disposición adicional decimotercera — Cuerpo Superior Facultativo, especialidad Arqueología
- Disposición adicional decimocuarta — Cuerpo Técnico de Gestión, especialidad Tecnologías de la Información y Comunicación
- Disposición adicional decimoquinta — Cuerpo Técnico de Gestión, especialidad Delineantes
- Disposición adicional decimosexta — Cuerpo Superior de Inspección de Medio Ambiente y Cuerpo de Subinspección de Medio Ambient
- Disposición adicional decimoséptima — Cuerpo Superior Facultativo, especialidad Gestión en Prevención de Riesgos Laborales, y Cu
- Disposición adicional decimoctava — Cuerpo de Técnico de Gestión, especialidad Prevención de Riesgos Laborales
- Disposición adicional decimonovena — Cuerpo de Letrados y Letradas de la Administración Sanitaria de la Junta de Andalucía
- Disposición adicional vigésima — Cuerpo de Inspección de Servicios Sanitarios y Cuerpo de Subinspección de Servicios Sanita
- Disposición adicional vigésima primera — Personal de las extintas entidades públicas empresariales sanitarias de la Junta de Andalu
- Disposición adicional vigésima segunda — Catálogos de las entidades instrumentales
- Disposición adicional vigésima tercera — Clasificación profesional del personal docente no universitario y del personal estatutario
- Disposición adicional vigésima cuarta — Derechos en materia de función pública de las víctimas del terrorismo
- Disposición adicional vigésima quinta — Inicio de la carrera profesional del personal laboral
- Disposición adicional vigésima sexta
- Disposición adicional vigésima séptima — Estructura salarial en las entidades instrumentales del sector público andaluz
- Disposición adicional vigésima octava — Medidas dirigidas al control de la temporalidad en el empleo público
- Disposición adicional vigésima novena — Unidades administrativas temporales de apoyo a la gestión coordinada o masiva de la Admini
- Disposición adicional trigésima — Unidades Administrativas de Servicios Comunes de la Administración de la Junta de Andalucí
- Disposición adicional trigésima primera — Unidades de inclusión del personal con discapacidad
- Disposición adicional trigésima segunda — Efectos del silencio administrativo en los procedimientos previstos en esta ley
- Disposición adicional trigésima tercera — Requisito de nacionalidad para el acceso al empleo público
- Disposición adicional trigésima cuarta — Cuerpo Superior Facultativo, especialidad Investigación Biomédica y en Ciencias de la Salu
- Disposición adicional trigésima quinta — Cuerpo Superior de Oficiales Inspectores de Bomberos Forestales y Emergencias en el Medio
- Disposición adicional trigésima sexta — Dirección pública profesional
- Disposición adicional trigésima séptima — Procesos de estabilización de empleo temporal
- Disposición adicional trigésima octava — Negociación colectiva del desarrollo reglamentario
- Disposición adicional trigésima novena — Elaboración del mapa de competencias profesionales
- Disposición adicional cuadragésima — Unidades de igualdad para la promoción de la igualdad en el empleo público
- Disposición adicional cuadragésima primera — Personal de las Administraciones Públicas de Andalucía incluido en su ámbito de aplicación
- Disposición transitoria primera — Actual sistema de reconocimiento y consolidación de grado personal
- Disposición transitoria segunda — Incorporación a la carrera horizontal
- Disposición transitoria tercera — Movilidad interadministrativa
- Disposición transitoria cuarta — Dirección pública profesional
- Disposición transitoria quinta — Garantía retributiva
- Disposición transitoria sexta — Personal funcionario del Cuerpo Superior de Administradores, especialidad Administradores
- Disposición transitoria séptima — Órganos de selección
- Disposición transitoria octava — Régimen transitorio de aplicación al título X
- Disposición transitoria novena — Estabilización de empleo temporal
- Disposición transitoria décima — Régimen transitorio de los procedimientos de selección y provisión en trámite
- Disposición transitoria undécima — Evaluación del desempeño
- Disposición transitoria duodécima — Libre designación
- Disposición transitoria decimotercera — Promoción interna
- Disposición transitoria decimocuarta — Titulaciones
- Disposición transitoria decimoquinta — Personal eventual
- Disposición derogatoria única — Derogación normativa
- Disposición final primera — Desarrollo normativo de la ley
- Disposición final segunda — Modificación de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andal
- Disposición final tercera — Modificación de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía
- Disposición final cuarta — Modificación de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Pe
- Disposición final quinta — Entrada en vigor
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