Normativa › Andalucía › Disposición adicional cuarta
Disposición adicional cuarta (Andalucía): Especialidad en la promoción al Subgrupo C1
TÍTULO XIII · Relaciones interadministrativas
En la promoción interna vertical del Subgrupo C2 al Subgrupo C1 del área de actividad o funcional correspondiente, cuando esta exista, se podrá participar sin requisito de titulación si se tiene una antigüedad de diez años en Subgrupo C2, o de cinco años y la superación de un curso específico de formación al que se accederá por criterios objetivos.
Texto consolidado tomado del BOE (versión vigente desde el 15/06/2023). Es una reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE. Comprueba siempre la versión en vigor y la normativa propia de tu sector y comunidad.
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