Normativa › Andalucía › Artículo 173
Artículo 173 (Andalucía)
TÍTULO XII · Régimen disciplinario
La prescripción de las faltas y sanciones, el cómputo del plazo de prescripción y la interrupción de la prescripción se regirán por lo establecido en la normativa estatal de carácter básico.
Texto consolidado tomado del BOE (versión vigente desde el 14/12/2023). Es una reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE. Comprueba siempre la versión en vigor y la normativa propia de tu sector y comunidad.
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