Normativa › Asturias
Ley 2/2023 de Empleo Público del Principado de Asturias
Empleo público asturiano: carrera, provisión y movilidad.
Texto consolidado tomado del BOE, artículo a artículo. Reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE.
TÍTULO I · Objeto y ámbito de aplicación
TÍTULO II · Clases de empleados públicos
TÍTULO III · Órganos competentes en materia de personal de la Administración del Principado de Asturias
- Artículo 11
- Artículo 12
- Artículo 13
- Artículo 14
- Artículo 15
- Artículo 16
- Artículo 17
- Artículo 18
- Artículo 19
- Artículo 20
- Artículo 21
CAPÍTULO I · Planificación de los recursos humanos
CAPÍTULO II · Plantillas y oferta de empleo público
CAPÍTULO III · Instrumentos de ordenación de los puestos de trabajo
CAPÍTULO IV · Planes de ordenación de recursos humanos
CAPÍTULO V · Grupos, cuerpos y escalas de funcionarios y agrupaciones profesionales
CAPÍTULO VI · Registro de personal
Sección 1.ª Principios rectores y requisitos de acceso al empleo público
Sección 2.ª Acceso al empleo público de las personas con discapacidad
Sección 3.ª Órganos de selección
Sección 4.ª Sistemas selectivos
CAPÍTULO II · Adquisición de la condición de empleado público
CAPÍTULO III · Pérdida de la relación de servicio
CAPÍTULO I · Formas de provisión de puestos, movilidad y cobertura de necesidades de personal
CAPÍTULO II · Provisión definitiva
CAPÍTULO III · Provisión temporal
CAPÍTULO IV · Traslado, redistribución de personal y movilidad forzosos por razón del servicio
CAPÍTULO V · Provisión por causas extraordinarias
CAPÍTULO VI · Otras formas de cobertura de necesidades de personal
CAPÍTULO VII · Efectos de la movilidad interadministrativa en la provisión de puestos de trabajo
CAPÍTULO VIII · Pérdida del puesto de trabajo
TÍTULO VII · Situaciones administrativas de los empleados públicos
- Artículo 79
- Artículo 80
- Artículo 81
- Artículo 82
- Artículo 83
- Artículo 84
- Artículo 85
- Artículo 86
- Artículo 87
- Artículo 88
- Artículo 89
- Artículo 90
- Artículo 91
- Artículo 92
- Artículo 93
- Artículo 94
- Artículo 95
- Artículo 96
- Artículo 97
CAPÍTULO I · Derechos de los empleados públicos
CAPÍTULO II · La evaluación del desempeño
Sección 1.ª Concepto, principios y modalidades de la carrera profesional
Sección 2.ª Carrera horizontal
Sección 3.ª La carrera vertical. Grado personal
Sección 4.ª Promoción interna
Subsección 1.ª Promoción desde cuerpos o escalas de un grupo de titulación a otro del inmediato superior
Subsección 2.ª Promoción a cuerpos o escalas del mismo grupo de titulación
CAPÍTULO IV · Derechos retributivos
- Artículo 112
- Artículo 113
- Artículo 114
- Artículo 115
- Artículo 116
- Artículo 117
- Artículo 118
- Artículo 119
- Artículo 120
CAPÍTULO V · Derecho a la negociación colectiva, representación y participación institucional. Derecho de reunión
- Artículo 121
- Artículo 122
- Artículo 123
- Artículo 124
- Artículo 125
- Artículo 126
- Artículo 127
- Artículo 128
- Artículo 129
- Artículo 130
CAPÍTULO VI · Derecho a la jornada de trabajo, permisos y vacaciones
CAPÍTULO VII · Deberes de los empleados públicos. Código de conducta
TÍTULO IX · Régimen disciplinario
- Artículo 140
- Artículo 141
- Artículo 142
- Artículo 143
- Artículo 144
- Artículo 145
- Artículo 146
- Artículo 147
- Artículo 148
- Disposición adicional primera — Aplicación a las empresas públicas del Principado de Asturias y fundaciones de su sector p
- Disposición adicional segunda — Otras agrupaciones profesionales sin requisito de titulación
- Disposición adicional tercera — Ordenación de cuerpos y escalas
- Disposición adicional cuarta — Supresión de cuerpos y escalas anteriores a esta ley y estatuto jurídico de los cuerpos y
- Disposición adicional quinta — Equivalencias entre los cuerpos y escalas anteriores de la Administración del Principado d
- Disposición adicional sexta — Especialidad de Abogacía del Cuerpo Superior de Administración
- Disposición adicional séptima — Creación y desarrollo de otras especialidades
- Disposición adicional octava — Complemento de productividad
- Disposición adicional novena — Planes de igualdad
- Disposición adicional décima — Salas de reposo y lactancia
- Disposición adicional decimoprimera — Lenguaje no sexista
- Disposición adicional decimosegunda — Lenguaje de signos y lectura fácil
- Disposición adicional decimotercera — Equivalencias en el ámbito de aplicación
- Disposición adicional decimocuarta — Adecuación del régimen jurídico del personal en materia de situaciones administrativas
- Disposición adicional decimoquinta — Ayudas para el acceso al empleo público
- Disposición adicional decimosexta — Acceso al empleo público de deportistas de alto nivel
- Disposición adicional decimoséptima — Criterios de lucha contra el despoblamiento en las políticas de personal
- Disposición adicional decimoctava — Segunda actividad en el Servicio de Emergencias del Principado de Asturias
- Disposición adicional decimonovena — Cobertura de plazas vacantes del Cuerpo Administrativo
- Disposición transitoria primera — Personal laboral fijo que realice funciones o desempeñe puestos de trabajo de personal fun
- Disposición transitoria segunda — Cuerpos y escalas del nuevo grupo B de clasificación
- Disposición transitoria tercera — Finalización de las comisiones de servicios existentes a la entrada en vigor de la ley por
- Disposición derogatoria única — Derogación normativa
- Disposición final primera — Aplicación específica al personal de organismos, entes públicos y demás entidades de derec
- Disposición final segunda — Modificación de la Ley del Principado de Asturias 8/1991, de 30 de julio, de Organización
- Disposición final tercera — Desarrollo reglamentario
- Disposición final cuarta — Entrada en vigor
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