Normativa › Asturias › Artículo 79

Artículo 79 (Asturias)

TÍTULO VII · Situaciones administrativas de los empleados públicos

1. El personal funcionario de carrera podrá encontrarse en las situaciones administrativas que contempla la legislación básica, con las especialidades expresamente previstas en este Título, así como en las situaciones específicamente reguladas en esta ley.

2. Se regulan específicamente las siguientes situaciones administrativas:

a) Servicios en el sector público autonómico.

b) Excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público.

c) Excedencia forzosa por expectativa de destino.

d) Excedencia por prestación de servicios en el subgrupo o grupo de clasificación superior.

3. El personal funcionario de carrera que no se halle en servicio activo puede cambiar de situación administrativa siempre que reúna los requisitos exigidos en cada caso, sin necesidad de reingreso previo al servicio activo.

Texto consolidado tomado del BOE (versión vigente desde el 25/04/2023). Es una reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE. Comprueba siempre la versión en vigor y la normativa propia de tu sector y comunidad.
¿Te han denegado una permuta o tienes un plazo corriendo?Calcula tu plazo en esta calculadora, comprueba si merece la pena recurrir o consulta la defensa de tu permuta. Si buscas permuta, publica tu plaza gratis.
WhatsApp