Normativa › Asturias › Artículo 97

Artículo 97 (Asturias)

TÍTULO VII · Situaciones administrativas de los empleados públicos

El personal laboral se regirá por el Estatuto de los Trabajadores y por los convenios colectivos que le sean de aplicación.

Texto consolidado tomado del BOE (versión vigente desde el 25/04/2023). Es una reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE. Comprueba siempre la versión en vigor y la normativa propia de tu sector y comunidad.
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