Normativa › Ley 40/2015
Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público
Organización y funcionamiento del sector público y competencias de los órganos.
Texto consolidado tomado del BOE, artículo a artículo. Reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE.
CAPÍTULO I · Disposiciones generales
Sección 1.ª De los órganos administrativos
Sección 2.ª Competencia
Subsección 1.ª Funcionamiento
Subsección 2.ª De los órganos colegiados en la Administración General del Estado
Sección 4.ª Abstención y recusación
CAPÍTULO III · Principios de la potestad sancionadora
Sección 1.ª Responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas
Sección 2.ª Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas
CAPÍTULO V · Funcionamiento electrónico del sector público
- Artículo 38
- Artículo 39
- Artículo 40
- Artículo 41
- Artículo 42
- Artículo 43
- Artículo 44
- Artículo 45
- Artículo 46
- Artículo 46 bis
CAPÍTULO VI · De los convenios
CAPÍTULO I · Organización administrativa
CAPÍTULO II · Los Ministerios y su estructura interna
- Artículo 57
- Artículo 58
- Artículo 59
- Artículo 60
- Artículo 61
- Artículo 62
- Artículo 63
- Artículo 64
- Artículo 65
- Artículo 66
- Artículo 67
- Artículo 68
Sección 1.ª La organización territorial de la Administración General del Estado
Sección 2.ª Los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas
Sección 3.ª Los Subdelegados del Gobierno en las provincias
Sección 4.ª La estructura de las delegaciones del gobierno
Sección 5.ª Órganos colegiados
CAPÍTULO IV · De la Administración General del Estado en el exterior
CAPÍTULO I · Del sector público institucional
CAPÍTULO II · Organización y funcionamiento del sector público institucional estatal
Sección 1.ª Disposiciones generales
- Artículo 88
- Artículo 89
- Artículo 90
- Artículo 91
- Artículo 92
- Artículo 93
- Artículo 94
- Artículo 95
- Artículo 96
- Artículo 97
Sección 2.ª Organismos autónomos estatales
Sección 3.ª Las entidades públicas empresariales de ámbito estatal
Sección 4.ª Agencias estatales · Se añade por la disposición final 34.8 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2020-17339#df-35
- Artículo 108 bis — Definición
- Artículo 108 ter — Régimen jurídico
- Artículo 108 quater — Régimen jurídico de personal
- Artículo 108 quinquies — Régimen económico financiero y contratación
- Artículo 108 sexies — Régimen presupuestario, de contabilidad y control económico financiero
CAPÍTULO IV · Las autoridades administrativas independientes de ámbito estatal
CAPÍTULO V · De las sociedades mercantiles estatales
CAPÍTULO VI · De los consorcios
- Artículo 118
- Artículo 119
- Artículo 120
- Artículo 121
- Artículo 122
- Artículo 123
- Artículo 124
- Artículo 125
- Artículo 126
- Artículo 127
CAPÍTULO VII · De las fundaciones del sector público estatal
- Artículo 128
- Artículo 129
- Artículo 130
- Artículo 131
- Artículo 132
- Artículo 133
- Artículo 134
- Artículo 135
- Artículo 136
CAPÍTULO VIII · De los fondos carentes de personalidad jurídica del sector público estatal
CAPÍTULO I · Principios generales de las relaciones interadministrativas
CAPÍTULO II · Deber de colaboración
Sección 1.ª Técnicas de cooperación
Sección 2.ª Técnicas orgánicas de cooperación
- Artículo 145
- Artículo 146
- Artículo 147
- Artículo 148
- Artículo 149
- Artículo 150
- Artículo 151
- Artículo 152
- Artículo 153
- Artículo 154
CAPÍTULO IV · Relaciones electrónicas entre las Administraciones
- Artículo 155
- Artículo 156
- Artículo 157
- Artículo 158
- Disposición adicional primera — Administración de los Territorios Históricos del País Vasco
- Disposición adicional segunda — Delegados del Gobierno en las Ciudades de Ceuta y Melilla
- Disposición adicional tercera — Relaciones con las ciudades de Ceuta y Melilla
- Disposición adicional cuarta — Adaptación de entidades y organismos públicos existentes en el ámbito estatal
- Disposición adicional quinta — Gestión compartida de servicios comunes de los organismos públicos estatales existentes
- Disposición adicional sexta — Transformación de los medios propios estatales existentes
- Disposición adicional séptima — Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación
- Disposición adicional octava — Adaptación de los convenios vigentes suscritos por cualquier Administración Pública e insc
- Disposición adicional novena — Comisión Sectorial de administración electrónica
- Disposición adicional décima — Aportaciones a los consorcios
- Disposición adicional undécima — Conflictos de atribuciones intraministeriales
- Disposición adicional duodécima — Régimen Jurídico de las Autoridades Portuarias y Puertos del Estado
- Disposición adicional decimotercera — Régimen jurídico de las Entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social
- Disposición adicional decimocuarta — La organización militar y las Delegaciones de Defensa
- Disposición adicional decimoquinta — Personal militar de las Fuerzas Armadas y del Centro Nacional de Inteligencia
- Disposición adicional decimosexta — Servicios territoriales integrados en las Delegaciones del Gobierno
- Disposición adicional decimoséptima — Régimen jurídico de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
- Disposición adicional decimoctava — Régimen jurídico del Centro Nacional de Inteligencia
- Disposición adicional decimonovena — Régimen jurídico del Banco de España
- Disposición adicional vigésima — Régimen jurídico del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria
- Disposición adicional vigesimoprimera — Órganos Colegiados de Gobierno
- Disposición adicional vigesimosegunda — Actuación administrativa de los órganos constitucionales del Estado y de los órganos legis
- Disposición adicional vigesimotercera — Régimen jurídico aplicable a la entidad pública empresarial Sociedad de Salvamento y Segur
- Disposición adicional vigesimocuarta — Régimen jurídico aplicable a la entidad pública empresarial Centro para el Desarrollo Tecn
- Disposición adicional vigesimoquinta — Régimen jurídico aplicable a los administradores generales de infraestructuras ferroviaria
- Disposición adicional vigesimosexta — Régimen jurídico aplicable a SEPES, Entidad Pública Empresarial del Suelo
- Disposición adicional vigesimoséptima — Régimen jurídico aplicable a la Entidad Pública Empresarial Red.es
- Disposición adicional vigesimoctava — Régimen jurídico aplicable a la entidad pública empresarial Instituto para la Diversificac
- Disposición adicional vigesimonovena — Régimen jurídico aplicable a la Entidad Pública Empresarial ICEX España Exportación e Inve
- Disposición adicional trigésima — Plataforma Digital de Colaboración entre las Administraciones Públicas
- Disposición transitoria primera — Composición y clasificación del sector público institucional
- Disposición transitoria segunda — Entidades y organismos públicos existentes
- Disposición transitoria tercera — Procedimientos de elaboración de normas en la Administración General del Estado
- Disposición transitoria cuarta — Régimen transitorio de las modificaciones introducidas en la disposición final novena
- Disposición derogatoria única — Derogación normativa
- Disposición final primera — Modificación de la Ley 23/1982, de 16 de junio, reguladora del Patrimonio Nacional
- Disposición final segunda — Modificación del Real Decreto-Ley 12/1995, de 28 de diciembre, sobre medidas urgentes en m
- Disposición final tercera — Modificación de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno
- Disposición final cuarta — Modificación de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones
- Disposición final quinta — Modificación de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal
- Disposición final sexta — Modificación de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones
- Disposición final séptima — Modificación de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- Disposición final octava — Modificación de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria
- Disposición final novena — Modificación del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por R
- Disposición final décima — Modificación de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado p
- Disposición final undécima — Modificación de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de
- Disposición final duodécima — Restitución o compensación a los partidos políticos de bienes y derechos incautados en apl
- Disposición final decimotercera — Referencias normativas
- Disposición final decimocuarta — Título competencial
- Disposición final decimoquinta — Desarrollo normativo de la Ley
- Disposición final decimosexta — Precedencias en actos oficiales
- Disposición final decimoséptima — Adaptación normativa
- Disposición final decimoctava — Entrada en vigor
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