Normativa › Ley 40/2015 › Artículo 55 bis
Artículo 55 bis (Ley 40/2015)
CAPÍTULO I · Organización administrativa
Las personas titulares de las Secretarías de Estado y de los órganos directivos de la Administración General del Estado se nombrarán atendiendo al principio de representación equilibrada entre mujeres y hombres, de tal manera que las personas de cada sexo no superen el sesenta por ciento ni sean menos del cuarenta por ciento en el ámbito de cada departamento ministerial.
Se añade por el art. 8.2 de la Ley Orgánica 2/2024, de 1 de agosto. Ref. BOE-A-2024-15936#ao
Téngase en cuenta para su aplicación lo previsto en la disposición transitoria 1.3 de la citada Ley Orgánica.
Texto consolidado tomado del BOE (versión vigente desde el 22/08/2024). Es una reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE. Comprueba siempre la versión en vigor y la normativa propia de tu sector y comunidad.
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