Normativa › Ley 40/2015 › Disposición adicional decimoséptima
Disposición adicional decimoséptima (Ley 40/2015): Régimen jurídico de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
CAPÍTULO IV · Relaciones electrónicas entre las Administraciones
La Agencia Estatal de Administración Tributaria se regirá por su legislación específica y únicamente de forma supletoria y en tanto resulte compatible con su legislación específica por lo previsto en esta Ley.
El acceso, la cesión o la comunicación de información de naturaleza tributaria se regirán en todo caso por su legislación específica.
Texto consolidado tomado del BOE (versión vigente desde el 02/10/2016). Es una reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE. Comprueba siempre la versión en vigor y la normativa propia de tu sector y comunidad.
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