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Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP)
Real Decreto Legislativo 5/2015: derechos, carrera y provisión de puestos del personal funcionario.
Texto consolidado tomado del BOE, artículo a artículo. Reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE.
Disposiciones
- Artículo único — Aprobación del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
- Disposición adicional única — Remisiones normativas
- Disposición derogatoria única — Derogación normativa
- Disposición final única — Entrada en vigor
TÍTULO I · Objeto y ámbito de aplicación
- Artículo 1 — Objeto
- Artículo 2 — Ámbito de aplicación
- Artículo 3 — Personal funcionario de las Entidades Locales
- Artículo 4 — Personal con legislación específica propia
- Artículo 5 — Personal de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos
- Artículo 6 — Leyes de Función Pública
- Artículo 7 — Normativa aplicable al personal laboral
CAPÍTULO I · Clases de personal
- Artículo 8 — Concepto y clases de empleados públicos
- Artículo 9 — Funcionarios de carrera
- Artículo 10 — Funcionarios interinos
- Artículo 11 — Personal laboral
- Artículo 12 — Personal eventual
CAPÍTULO II · Personal directivo
- Artículo 13 — Personal directivo profesional
CAPÍTULO I · Derechos de los empleados públicos
- Artículo 14 — Derechos individuales
- Artículo 15 — Derechos individuales ejercidos colectivamente
CAPÍTULO II · Derecho a la carrera profesional y a la promoción interna. La evaluación del desempeño
- Artículo 16 — Concepto, principios y modalidades de la carrera profesional de los funcionarios de carrer
- Artículo 17 — Carrera horizontal de los funcionarios de carrera
- Artículo 18 — Promoción interna de los funcionarios de carrera
- Artículo 19 — Carrera profesional y promoción del personal laboral
- Artículo 20 — La evaluación del desempeño
CAPÍTULO III · Derechos retributivos
- Artículo 21 — Determinación de las cuantías y de los incrementos retributivos
- Artículo 22 — Retribuciones de los funcionarios
- Artículo 23 — Retribuciones básicas
- Artículo 24 — Retribuciones complementarias
- Artículo 25 — Retribuciones de los funcionarios interinos
- Artículo 26 — Retribuciones de los funcionarios en prácticas
- Artículo 27 — Retribuciones del personal laboral
- Artículo 28 — Indemnizaciones
- Artículo 29 — Retribuciones diferidas
- Artículo 30 — Deducción de retribuciones
CAPÍTULO IV · Derecho a la negociación colectiva, representación y participación institucional. Derecho de reunión
- Artículo 31 — Principios generales
- Artículo 32 — Negociación colectiva, representación y participación del personal laboral
- Artículo 33 — Negociación colectiva
- Artículo 34 — Mesas de Negociación
- Artículo 35 — Constitución y composición de las Mesas de Negociación
- Artículo 36 — Mesas Generales de Negociación
- Artículo 37 — Materias objeto de negociación
- Artículo 38 — Pactos y Acuerdos
- Artículo 39 — Órganos de representación
- Artículo 40 — Funciones y legitimación de los órganos de representación
- Artículo 41 — Garantías de la función representativa del personal
- Artículo 42 — Duración de la representación
- Artículo 43 — Promoción de elecciones a Delegados y Juntas de Personal
- Artículo 44 — Procedimiento electoral
- Artículo 45 — Solución extrajudicial de conflictos colectivos
- Artículo 46 — Derecho de reunión
CAPÍTULO V · Derecho a la jornada de trabajo, permisos y vacaciones
- Artículo 47 — Jornada de trabajo de los funcionarios públicos
- Artículo 47 bis — Teletrabajo
- Artículo 48 — Permisos de los funcionarios públicos
- Artículo 49 — Permisos por motivos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral, por razón de
- Artículo 50 — Vacaciones de los funcionarios públicos
- Artículo 51 — Jornada de trabajo, permisos y vacaciones del personal laboral
CAPÍTULO VI · Deberes de los empleados públicos. Código de Conducta
- Artículo 52 — Deberes de los empleados públicos. Código de Conducta
- Artículo 53 — Principios éticos
- Artículo 54 — Principios de conducta
CAPÍTULO I · Acceso al empleo público y adquisición de la relación de servicio
- Artículo 55 — Principios rectores
- Artículo 56 — Requisitos generales
- Artículo 57 — Acceso al empleo público de nacionales de otros Estados
- Artículo 58 — Acceso al empleo público de funcionarios españoles de Organismos Internacionales
- Artículo 59 — Personas con discapacidad
- Artículo 60 — Órganos de selección
- Artículo 61 — Sistemas selectivos
- Artículo 62 — Adquisición de la condición de funcionario de carrera
CAPÍTULO II · Pérdida de la relación de servicio
- Artículo 63 — Causas de pérdida de la condición de funcionario de carrera
- Artículo 64 — Renuncia
- Artículo 65 — Pérdida de la nacionalidad
- Artículo 66 — Pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta o especial para cargo público
- Artículo 67 — Jubilación
- Artículo 68 — Rehabilitación de la condición de funcionario
CAPÍTULO I · Planificación de recursos humanos
- Artículo 69 — Objetivos e instrumentos de la planificación
- Artículo 70 — Oferta de empleo público
- Artículo 71 — Registros de personal y Gestión integrada de recursos humanos
CAPÍTULO II · Estructuración del empleo público
- Artículo 72 — Estructuración de los recursos humanos
- Artículo 73 — Desempeño y agrupación de puestos de trabajo
- Artículo 74 — Ordenación de los puestos de trabajo
- Artículo 75 — Cuerpos y escalas
- Artículo 76 — Grupos de clasificación profesional del personal funcionario de carrera
- Artículo 77 — Clasificación del personal laboral
CAPÍTULO III · Provisión de puestos de trabajo y movilidad
- Artículo 78 — Principios y procedimientos de provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de
- Artículo 79 — Concurso de provisión de los puestos de trabajo del personal funcionario de carrera
- Artículo 80 — Libre designación con convocatoria pública del personal funcionario de carrera
- Artículo 81 — Movilidad del personal funcionario de carrera
- Artículo 82 — Movilidad por razón de violencia de género, violencia sexual y violencia terrorista
- Artículo 83 — Provisión de puestos y movilidad del personal laboral
- Artículo 84 — La movilidad voluntaria entre Administraciones Públicas
TÍTULO VI · Situaciones administrativas
- Artículo 85 — Situaciones administrativas de los funcionarios de carrera
- Artículo 86 — Servicio activo
- Artículo 87 — Servicios especiales
- Artículo 88 — Servicio en otras Administraciones Públicas
- Artículo 89 — Excedencia
- Artículo 90 — Suspensión de funciones
- Artículo 91 — Reingreso al servicio activo
- Artículo 92 — Situaciones del personal laboral
TÍTULO VII · Régimen disciplinario
- Artículo 93 — Responsabilidad disciplinaria
- Artículo 94 — Ejercicio de la potestad disciplinaria
- Artículo 95 — Faltas disciplinarias
- Artículo 96 — Sanciones
- Artículo 97 — Prescripción de las faltas y sanciones
- Artículo 98 — Procedimiento disciplinario y medidas provisionales
TÍTULO VIII · Cooperación entre las Administraciones Públicas
- Artículo 99 — Relaciones de cooperación entre las Administraciones Públicas
- Artículo 100 — Órganos de cooperación
- Disposición adicional primera — Ámbito específico de aplicación
- Disposición adicional segunda — Aplicación de las disposiciones de este Estatuto a las Instituciones Forales
- Disposición adicional tercera — Funcionarios públicos propios de las ciudades de Ceuta y Melilla
- Disposición adicional cuarta — Aplicación de este Estatuto a las autoridades administrativas independientes de ámbito est
- Disposición adicional quinta — Jubilación de los funcionarios
- Disposición adicional sexta — Otras agrupaciones profesionales sin requisito de titulación
- Disposición adicional séptima — Planes de igualdad
- Disposición adicional octava
- Disposición adicional novena
- Disposición adicional décima — Ámbito de aplicación del artículo 87.3
- Disposición adicional undécima — Personal militar que preste servicios en la Administración civil
- Disposición adicional duodécima — Mesas de negociación en ámbitos específicos
- Disposición adicional decimotercera — Permiso por asuntos particulares por antigüedad
- Disposición adicional decimocuarta — Días adicionales de vacaciones por antigüedad
- Disposición adicional decimoquinta — Registro de Órganos de Representación del Personal
- Disposición adicional decimosexta — Permiso retribuido para las funcionarias en estado de gestación
- Disposición adicional decimoséptima — Medidas dirigidas al control de la temporalidad en el empleo público
- Disposición transitoria primera — Garantía de derechos retributivos
- Disposición transitoria segunda — Personal laboral fijo que desempeña funciones o puestos clasificados como propios de perso
- Disposición transitoria tercera — Entrada en vigor de la nueva clasificación profesional
- Disposición transitoria cuarta — Consolidación de empleo temporal
- Disposición transitoria quinta — Procedimiento Electoral General
- Disposición transitoria sexta — Duración del permiso de paternidad por el nacimiento, acogimiento o adopción de un hijo pa
- Disposición transitoria séptima — Referencia a los Organismos Reguladores
- Disposición transitoria octava — Aplicación del artículo 84.3
- Disposición transitoria novena — Aplicación progresiva del permiso del progenitor diferente de la madre biológica para empl
- Disposición derogatoria única
- Disposición final primera — Habilitación competencial
- Disposición final segunda
- Disposición final tercera — Modificación de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al
- Disposición final cuarta — Entrada en vigor
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