Normativa › Región de Murcia › Artículo 29
Artículo 29 (Región de Murcia): Concurso-oposición
CAPÍTULO VI · Oferta de Empleo Público y Selección de Personal
1. El sistema de concurso-oposición consiste en la sucesiva celebración, como parte del mismo procedimiento de selección, de un concurso para calificar los méritos de los aspirantes y de una o más pruebas de, capacidad para determinar la aptitud de los mismos.
2. La fase de oposición se regirá por los mismos criterios establecidos para este sistema de selección.
No se seleccionará a ningún candidato que no supere la puntuación mínima exigida para cada una de las pruebas selectivas.
Texto consolidado tomado del BOE (versión vigente desde el 13/05/2001). Es una reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE. Comprueba siempre la versión en vigor y la normativa propia de tu sector y comunidad.
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