Normativa › Madrid › Artículo 37
Artículo 37 (Madrid)
Sección tercera. Cuerpos de Administración Especial
Pertenece a la Administración Especial el Cuerpo de Prevención y Extinción de Incendios, en el cual se distinguen las siguientes Escalas:
a) Técnica o de Mando, compuesta por Oficial Jefe de Servicio, Oficial Jefe de Sección y Oficial.
b) Ejecutiva u Operativa, compuesta por Suboficiales, Sargentos, Cabos, Bomberos‑Conductores y Bomberos.
Texto consolidado tomado del BOE (versión vigente desde el 24/04/1986). Es una reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE. Comprueba siempre la versión en vigor y la normativa propia de tu sector y comunidad.
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