Normativa › Navarra › Disposición adicional cuarta
Disposición adicional cuarta (Navarra)
TÍTULO VI · Personal al servicio de la Administración de Justicia en Navarra
El Gobierno de Navarra remitirá al Parlamento, previa audiencia de los Ayuntamientos de Pamplona, Tudela, Tafalla, de la Federación Navarra de Municipios y Concejos y la correspondiente negociación con la representación sindical de los funcionarios, un Proyecto de Ley Foral que regule el régimen de derechos pasivos de los funcionarios de las Administraciones Públicas de Navarra.
Texto consolidado tomado del BOE (versión vigente desde el 01/09/1993). Es una reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE. Comprueba siempre la versión en vigor y la normativa propia de tu sector y comunidad.
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