Normativa › Navarra › Artículo 11
Artículo 11 (Navarra)
CAPÍTULO II · Adquisición y pérdida de la condición de funcionario
1. La renuncia a la condición de funcionario no inhabilita para un nuevo ingreso en la función pública.
2. En caso de recuperación de la nacionalidad española se podrá solicitar la rehabilitación en la condición de funcionario.
Texto consolidado tomado del BOE (versión vigente desde el 01/09/1993). Es una reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE. Comprueba siempre la versión en vigor y la normativa propia de tu sector y comunidad.
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