Normativa › La Rioja › Disposición adicional vigesimoquinta

Disposición adicional vigesimoquinta (La Rioja): Proceso de integración de los Ayudantes Técnicos Educativos

TÍTULO X · Derecho a la negociación colectiva, representación y participación institucional

Con carácter excepcional, para la integración en los nuevos cuerpos y escalas regulada en las disposiciones adicionales séptima y octava, el personal funcionario del cuerpo ayudante facultativo de administración especial (ayudante técnico educativo) podrá acceder a su cuerpo de correspondencia previsto en el anexo I con los requisitos de titulación de título de Técnico Superior en Integración Social o en Educación Infantil y, además, cualquier otro título de Técnico Superior de Formación Profesional, o título de Grado universitario, siempre y cuando vengan acompañados de certificado de profesionalidad en atención al alumnado ACNEE en centros educativos.

Se añade por el art. 13.10 de la Ley 4/2024, de 1 de julio. Ref. BOE-A-2024-14006

Texto consolidado tomado del BOE (versión vigente desde el 02/07/2024). Es una reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE. Comprueba siempre la versión en vigor y la normativa propia de tu sector y comunidad.
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