Normativa › Galicia › Disposición transitoria decimotercera

Disposición transitoria decimotercera (Galicia): Integración en la función pública autonómica del personal funcionario de carrera procedente de otras administraciones públicas que, con anterioridad al 18 de septiembre de 2014, se hallase ocupando con carácter definitivo un puesto de trabajo obtenid

TÍTULO X · Especialidades del personal al servicio de las entidades locales

El personal funcionario de carrera procedente de otras administraciones públicas que, con anterioridad al 18 de septiembre de 2014, se hallase ocupando con carácter definitivo en la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia o en las entidades públicas instrumentales del sector público autonómico un puesto de trabajo obtenido por libre designación, o bien se hallase a disposición o en adscripción provisional, como consecuencia del cese en un puesto obtenido por libre designación o de la alteración del contenido o la supresión del puesto, y que continúe prestando servicios en dicha Administración en el momento de la entrada en vigor de la presente ley, se integrará plenamente en la organización de la función pública autonómica, en los términos previstos por el apartado cuarto del artículo 104, con efectos desde la fecha de la entrada en vigor de esta ley.

Texto consolidado tomado del BOE (versión vigente desde el 24/05/2015). Es una reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE. Comprueba siempre la versión en vigor y la normativa propia de tu sector y comunidad.
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