Normativa › Galicia › Artículo 95
Artículo 95 (Galicia): Cese en los puestos de trabajo provistos por libre designación
Sección 2.ª Procedimientos ordinarios de provisión de puestos de trabajo por el personal funcionario de carrera
1. El personal funcionario de carrera que accedió a su puesto de trabajo por el procedimiento de libre designación puede ser removido discrecionalmente.
2. La persona removida tiene derecho a que se le asigne un puesto de trabajo mediante el procedimiento de adscripción provisional previsto en el artículo 97 de la presente ley.
Texto consolidado tomado del BOE (versión vigente desde el 24/05/2015). Es una reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE. Comprueba siempre la versión en vigor y la normativa propia de tu sector y comunidad.
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