Normativa › Galicia › Artículo 197
Artículo 197 (Galicia): Causas de extinción de la responsabilidad disciplinaria
CAPÍTULO V · Extinción de la responsabilidad disciplinaria
La responsabilidad disciplinaria se extingue por el cumplimiento de la sanción, la prescripción de la falta o sanción y la pérdida de la condición de empleado público de la persona sujeta a responsabilidad, sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo segundo del apartado quinto del artículo 192.
Texto consolidado tomado del BOE (versión vigente desde el 24/05/2015). Es una reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE. Comprueba siempre la versión en vigor y la normativa propia de tu sector y comunidad.
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