Normativa › Galicia › Artículo 172

Artículo 172 (Galicia): Modalidades

CAPÍTULO V · Situaciones de excedencia voluntaria

La excedencia voluntaria del personal funcionario de carrera puede adoptar las siguientes modalidades:

a) Excedencia por interés particular.

b) Excedencia por prestación de servicios en el sector público.

c) Excedencia por agrupación familiar.

d) Excedencia por cuidado de familiares.

e) Excedencia por razón de violencia de género o de violencia sexual.

f) Excedencia por razón de violencia terrorista.

Se modifica la letra e) por el art. 9.17 de la Ley 7/2022, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2023-6382

Se añade la letra f) por el art. 5.15 de la Ley 4/2021, de 28 de enero. Ref. BOE-A-2021-4633

Texto consolidado tomado del BOE (versión vigente desde el 01/01/2023). Es una reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE. Comprueba siempre la versión en vigor y la normativa propia de tu sector y comunidad.
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