Normativa › Extremadura › Artículo 39

Artículo 39 (Extremadura): Creación de los cuerpos y escalas de funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura

CAPÍTULO II · Estructura y ordenación del empleo público

Los cuerpos y escalas en los que se ordena el personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura se crearán por Ley de la Asamblea de Extremadura.

Texto consolidado tomado del BOE (versión vigente desde el 10/04/2016). Es una reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE. Comprueba siempre la versión en vigor y la normativa propia de tu sector y comunidad.
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