Normativa › Extremadura › Artículo 151
Artículo 151 (Extremadura): Clasificación de las faltas disciplinarias
TÍTULO X · Régimen disciplinario
Las faltas disciplinarias se clasifican en:
a) Muy graves.
b) Graves.
c) Leves.
Texto consolidado tomado del BOE (versión vigente desde el 10/04/2016). Es una reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE. Comprueba siempre la versión en vigor y la normativa propia de tu sector y comunidad.
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