Normativa › Castilla-La Mancha › Disposición transitoria sexta

Disposición transitoria sexta (Castilla-La Mancha): Bolsas de trabajo constituidas con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley

TÍTULO XII · Cooperación entre las Administraciones públicas de Castilla-La Mancha

1. Las bolsas de trabajo vigentes a la entrada en vigor de esta Ley pueden seguir utilizándose para el nombramiento de personal funcionario interino hasta que se constituya la bolsa de trabajo correspondiente con posterioridad a la entrada en vigor de la norma reglamentaria a la que se refiere la disposición final decimotercera.2.

2. En todo caso, para ser nombrado personal funcionario interino las personas que formen parte de las bolsas deben reunir los requisitos exigidos para la participación en los procesos selectivos para el acceso, como personal funcionario de carrera, a los cuerpos correspondientes que se crean en esta Ley, así como los requisitos establecidos en la relación de puestos de trabajo.

Texto consolidado tomado del BOE (versión vigente desde el 22/09/2011). Es una reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE. Comprueba siempre la versión en vigor y la normativa propia de tu sector y comunidad.
¿Te han denegado una permuta o tienes un plazo corriendo?Calcula tu plazo en esta calculadora, comprueba si merece la pena recurrir o consulta la defensa de tu permuta. Si buscas permuta, publica tu plaza gratis.
WhatsApp