Normativa › Castilla-La Mancha › Disposición adicional decimotercera

Disposición adicional decimotercera (Castilla-La Mancha): Mesas de negociación interadministrativas

TÍTULO XII · Cooperación entre las Administraciones públicas de Castilla-La Mancha

En los términos que se establezca reglamentariamente, podrán constituirse mesas de negociación en las que puedan negociarse condiciones de trabajo comunes al personal de varias Administraciones públicas de Castilla-La Mancha.

Texto consolidado tomado del BOE (versión vigente desde el 22/09/2011). Es una reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE. Comprueba siempre la versión en vigor y la normativa propia de tu sector y comunidad.
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