Normativa › Castilla-La Mancha › Artículo 67

Artículo 67 (Castilla-La Mancha): Formas de provisión

TÍTULO VI · Provisión de puestos de trabajo y movilidad

1. Las Administraciones públicas de Castilla-La Mancha deben proveer los puestos de trabajo reservados al personal funcionario de carrera mediante las formas previstas en este título, de acuerdo con los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

2. La provisión ordinaria de los puestos de trabajo se llevará a cabo a través de los procedimientos de concurso, que es el procedimiento normal de provisión de puestos de trabajo, y de libre designación con convocatoria pública.

3. Los puestos de trabajo también pueden proveerse a través de:

a) Redistribución de efectivos.

b) Comisión de servicios.

c) Adscripción provisional.

d) Movilidad por motivos de salud.

e) Movilidad por causa de violencia de género.

f) Permuta.

Texto consolidado tomado del BOE (versión vigente desde el 22/09/2011). Es una reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE. Comprueba siempre la versión en vigor y la normativa propia de tu sector y comunidad.
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