Normativa › Castilla-La Mancha › Artículo 30

Artículo 30 (Castilla-La Mancha): Funciones de los cuerpos del grupo B

CAPÍTULO III · Cuerpos de personal funcionario

1. Al Cuerpo Profesional de Agentes Medioambientales le corresponden las funciones de vigilancia, custodia e inspección en materia de montes, recursos naturales y áreas protegidas, fauna y flora silvestres, hábitats, elementos geomorfológicos y paisaje de espacios naturales, aprovechamientos forestales, plagas y enfermedades forestales, obras y trabajos en materia medioambiental, actividad cinegética, vías pecuarias, pesca fluvial y acuicultura, evaluación de impacto ambiental y calidad ambiental de aguas y atmósfera. Asimismo, le corresponden funciones de prevención, extinción e investigación de causas de los incendios forestales, colaboración en la investigación de delitos medioambientales, participación en dispositivos de emergencias, participación en tareas de uso social del medio natural y actividades de educación ambiental, colaboración e información en las materias de su competencia y cualquier otra función que afecte a la protección integral del medio ambiente y que por normativa específica se le atribuya.

2. Al Cuerpo Profesional de Tecnologías de la lnformación y las Comunicaciones le corresponden las funciones de administración, operación y soporte de sistemas basados en tecnologías de la información y las comunicaciones, que incluyen la codificación de los programas siguiendo el diseño establecido en los lenguajes de programación utilizados en el proyecto; las pruebas del funcionamiento correcto de los programas, así como la corrección de los fallos; la documentación de los programas siguiendo las normas y metodología establecida; la administración, operación y soporte de sistemas informáticos y de comunicación; las tareas soporte y apoyo derivadas de las funciones de los cuerpos superiores; el apoyo a personas usuarias; la gestión del mantenimiento del hardware del cliente; la instalación de equipos de infraestructura y cliente, sistemas y software base del cliente; la operación de sistemas en centros de datos y redes de comunicaciones y apoyo en la gestión de sistemas, redes, datos y seguridad.

3. Al Cuerpo Profesional de Prevención de Riesgos Laborales le corresponden las funciones de nivel intermedio previstas en la legislación de prevención de riesgos laborales.

Texto consolidado tomado del BOE (versión vigente desde el 22/09/2011). Es una reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE. Comprueba siempre la versión en vigor y la normativa propia de tu sector y comunidad.
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