Normativa › Castilla-La Mancha › Artículo 133

Artículo 133 (Castilla-La Mancha): Clases de faltas

CAPÍTULO II · Faltas y sanciones disciplinarias

Las faltas disciplinarias pueden ser muy graves, graves y leves.

Texto consolidado tomado del BOE (versión vigente desde el 22/09/2011). Es una reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE. Comprueba siempre la versión en vigor y la normativa propia de tu sector y comunidad.
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