Art 95 (Canarias)
TÍTULO IX · Del Instituto Canario de Administración Pública
1. Los órganos rectores del Instituto Canario de Administración Pública son el Consejo de Administración y la Dirección.
2. El Consejo de Administración ejercerá las funciones de planificación general y de programación de las actividades y los recursos del organismo.
3. La Dirección, con rango de dirección general, ejercerá las funciones ejecutivas del Instituto.
4. La persona titular de la Dirección del Instituto será nombrada y cesada por el Gobierno, a propuesta del consejero o consejera competente en materia de función pública, y desempeñará la Secretaría del Consejo de Administración asistida por la persona funcionaria que designe.
Se modifica por el art. 4.1 de la Ley 4/2012, de 25 de junio. Ref. BOE-A-2012-9282