Normativa › Canarias › Art 34

Art 34 (Canarias)

Sección 2.ª Pérdida de la condición de funcionario

La condición de funcionario de carrera de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias se pierde por alguna de las siguientes causas:

1.ª Renuncia expresa.

2.ª No reincorporarse al servicio activo transcurrido un tiempo superior a 10 años ininterrumpidos en la situación de excedencia voluntaria por interés particular.

3.ª Sentencia firme que imponga al funcionario pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de cargo público.

4.ª Sanción disciplinaria de separación del servicio.

5.ª Jubilación.

6.ª Pérdida de la nacionalidad española. En caso de recuperación de la nacionalidad española se readquirirá la condición de funcionario en los términos en los que así lo prevea la legislación básica del Estado.

Texto consolidado tomado del BOE (versión vigente desde el 04/04/1987). Es una reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE. Comprueba siempre la versión en vigor y la normativa propia de tu sector y comunidad.
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