Normativa › Canarias › Art 13

Art 13 (Canarias)

CAPÍTULO I · Clasificación del personal

Es personal interino el que con carácter provisional y en virtud de nombramiento legal por razones de urgente necesidad, ocupe puestos de trabajo vacantes, dotados presupuestariamente y reservados a funcionarios de carrera, en tanto no se provean con éstos en la forma establecida en esta Ley.

Texto consolidado tomado del BOE (versión vigente desde el 04/04/1987). Es una reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE. Comprueba siempre la versión en vigor y la normativa propia de tu sector y comunidad.
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