Normativa › Illes Balears › Artículo 22

Artículo 22 (Illes Balears): Grupos de clasificación

CAPÍTULO I · Grupos, cuerpos y escalas funcionariales

Los cuerpos del personal funcionario, de acuerdo con el nivel de titulación exigida para su ingreso, se agrupan en la forma que establece la normativa básica estatal.

Texto consolidado tomado del BOE (versión vigente desde el 03/07/2007). Es una reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE. Comprueba siempre la versión en vigor y la normativa propia de tu sector y comunidad.
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