Normativa › Illes Balears › Artículo 142
Artículo 142 (Illes Balears): Criterios de graduación de faltas y de sanciones
CAPÍTULO II · Infracciones y sanciones disciplinarias
Para graduar las faltas y las sanciones se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
a) La intencionalidad.
b) La perturbación del servicio.
c) Los daños producidos a la Administración o a la ciudadanía.
d) La participación en la comisión o en la omisión.
e) El abuso de autoridad.
f) La reiteración.
Texto consolidado tomado del BOE (versión vigente desde el 03/07/2007). Es una reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE. Comprueba siempre la versión en vigor y la normativa propia de tu sector y comunidad.
¿Te han denegado una permuta o tienes un plazo corriendo?Calcula tu plazo en esta calculadora, comprueba si merece la pena recurrir o consulta la defensa de tu permuta. Si buscas permuta, publica tu plaza gratis.