Normativa › Aragón › Artículo 4
Artículo 4 (Aragón)
CAPÍTULO II · Del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón
La Función Pública está integrada por los funcionarios y por el personal eventual interino y laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Texto consolidado tomado del BOE (versión vigente desde el 02/03/1991). Es una reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE. Comprueba siempre la versión en vigor y la normativa propia de tu sector y comunidad.
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