Normativa › Aragón › Artículo 4

Artículo 4 (Aragón)

CAPÍTULO II · Del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón

La Función Pública está integrada por los funcionarios y por el personal eventual interino y laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Texto consolidado tomado del BOE (versión vigente desde el 02/03/1991). Es una reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE. Comprueba siempre la versión en vigor y la normativa propia de tu sector y comunidad.
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