Normativa › Aragón › Artículo 34

Artículo 34 (Aragón)

CAPÍTULO VIII · De la provisión de puestos de trabajo

Las resoluciones de las convocatorias se publicarán en el «Boletín Oficial de Aragón», incluso cuando los puestos no sean provistos por falta de candidatos idóneos, y se comunicarán al Registro de Personal.

Texto consolidado tomado del BOE (versión vigente desde el 02/03/1991). Es una reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE. Comprueba siempre la versión en vigor y la normativa propia de tu sector y comunidad.
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