¿Sabías que la mayoría de las Comunidades Autónomas no han adaptado completamente el EBEP a su legislación local?

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La mayoría de las Comunidades Autónomas no han adaptado completamente el EBEP a su legislación local, dejando la regulación de las permutas en un vacío legal.

Sólo Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia y la Comunidad Valenciana cuentan con normas específicas. El resto (Asturias, Andalucía, Aragón, Cantabria, Castilla y León, Canarias, La Rioja, Madrid, Murcia, Navarra y País Vasco) se rigen por la normativa básica estatal.

Cataluña e Islas Baleares, aunque sin desarrollo completo del EBEP, sí poseen regulaciones propias sobre permutas, superando la legislación del Decreto del 30 de mayo del 1952.

En Cataluña, consultar disposición adicional vigésima cuarta del Decreto Legislativo 1/1997 y Decreto 123/1997. En Baleares, artículo 86 de la Ley 3/2007.

La Comunidad Valenciana, Castilla-La Mancha y Extremadura, a pesar de haber desarrollado el EBEP, remiten la regulación de la permuta a futuros reglamentos aún no publicados (artículo 121 de Ley 4/2021, artículo 79 de la Ley 4/2011 y artículo 129 de la Ley 13/2015 respectivamente).

Desde Permutalia estamos contactando con todas las consejerías de función pública de cada Comunidad Autónoma para recopilar la información más actualizada posible sobre la legislación de permutas.

El objetivo es que tengáis más éxito en la permuta.

Si dispones de información útil al respecto, puedes enviarla por aquí mismo o a través de nuestras redes sociales.

Iremos completando cada comunidad autónoma en el blog, va a ser un gran trabajo pero valdrá la pena.

Permutalia

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