Normativa › RD 364/1995 › Artículo 7

Artículo 7 (RD 364/1995): Objeto

CAPITULO II · Oferta de empleo público

Las necesidades de recursos humanos que no puedan ser cubiertas con los efectivos de personal existentes serán objeto de oferta de empleo público, siempre que exista crédito presupuestario y se considere conveniente su cobertura durante el ejercicio.

Texto consolidado tomado del BOE (versión vigente desde el 11/04/1995). Es una reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE. Comprueba siempre la versión en vigor y la normativa propia de tu sector y comunidad.
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