Normativa › País Vasco › Artículo 99

Artículo 99 (País Vasco)

CAPÍTULO II · Concurso

Las administraciones públicas vascas, a propuesta de la Comisión de Coordinación del Empleo Público de Euskadi, podrán acordar la celebración de procesos de provisión de manera unitaria en varias administraciones públicas.

Texto consolidado tomado del BOE (versión vigente desde el 27/12/2022). Es una reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE. Comprueba siempre la versión en vigor y la normativa propia de tu sector y comunidad.
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