Normativa › Ley 39/2015 › Artículo 50

Artículo 50 (Ley 39/2015)

CAPÍTULO III · Nulidad y anulabilidad

Los actos nulos o anulables que, sin embargo, contengan los elementos constitutivos de otro distinto producirán los efectos de éste.

Texto consolidado tomado del BOE (versión vigente desde el 02/10/2016). Es una reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE. Comprueba siempre la versión en vigor y la normativa propia de tu sector y comunidad.
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