Normativa › Ley 30/1984 › Disposición adicional séptima
Disposición adicional séptima (Ley 30/1984)
CAPÍTULO VII · Modificación en las situaciones, régimen disciplinario y de Seguridad Social de los funcionarios
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 33, el Gobierno regulará la figura del Profesor universitario emérito.
Texto consolidado tomado del BOE (versión vigente desde el 23/08/1984). Es una reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE. Comprueba siempre la versión en vigor y la normativa propia de tu sector y comunidad.
¿Te han denegado una permuta o tienes un plazo corriendo?Calcula tu plazo en esta calculadora, comprueba si merece la pena recurrir o consulta la defensa de tu permuta. Si buscas permuta, publica tu plaza gratis.