Normativa › Ley 30/1984 › Artículo veintiocho
Artículo veintiocho (Ley 30/1984): Racionalización de las plantillas de personal laboral
CAPÍTULO VI · Racionalización de la estructura de los Cuerpos y Escalas y otras clasificaciones del personal al servicio de las Administraciones Públicas
El Gobierno procederá también a racionalizar las plantillas de personal laboral, a través de los instrumentos establecidos en el artículo anterior, o de los que resulten precisos, de acuerdo con su naturaleza jurídica, y, coherentemente, con el proceso de racionalización de los Cuerpos y Escalas de funcionarios.
Texto consolidado tomado del BOE (versión vigente desde el 23/08/1984). Es una reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE. Comprueba siempre la versión en vigor y la normativa propia de tu sector y comunidad.
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