Normativa › Comunitat Valenciana › Disposición transitoria decimocuarta

Disposición transitoria decimocuarta (Comunitat Valenciana): Convocatoria procedimientos selectivos

CAPÍTULO III · Participación institucional y diálogo social

No obstante lo dispuesto en el artículo 55.3, en la Administración de la Generalitat, los procedimientos selectivos derivados de la primera oferta de empleo público que se publique después de la entrada en vigor de la presente ley se deberán convocar dentro de los seis meses siguientes a la aprobación de la misma.

Se deroga esta disposición y se renumera la disposición transitoria 15 como 14 por la disposición derogatoria única y el art. 131 de la Ley 8/2022, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2023-5482

Se modifica por el anexo.13 del Decreto-ley 12/2022, de 23 de septiembre. Ref. DOGV-r-2022-90294

Se añade por la disposición final 1 del Decreto-ley 9/2021, de 2 de julio. Ref. DOGV-r-2021-90264

Texto consolidado tomado del BOE (versión vigente desde el 01/01/2023). Es una reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE. Comprueba siempre la versión en vigor y la normativa propia de tu sector y comunidad.
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