Normativa › Comunitat Valenciana › Disposición adicional vigesimoctava
Disposición adicional vigesimoctava (Comunitat Valenciana): Sistema lógico e informático de tramitación y procesamiento de datos
CAPÍTULO III · Participación institucional y diálogo social
Será responsabilidad de los departamentos del Consell competentes en materia de función pública y en tecnologías de la información y las comunicaciones asegurar, en el plazo máximo de un año a contar desde la entrada en vigor de la presente ley, el desarrollo, explotación y mantenimiento de un sistema informático único para la tramitación administrativa y el procesamiento de datos en materia del personal empleado público.
Texto consolidado tomado del BOE (versión vigente desde el 20/05/2021). Es una reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE. Comprueba siempre la versión en vigor y la normativa propia de tu sector y comunidad.
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