Normativa › Castilla y León › Artículo 10
Artículo 10 (Castilla y León): El Consejero competente en materia de política presupuestaria y de gasto público
TÍTULO II · Órganos superiores en materia de función pública
Corresponde al Consejero competente en materia de política presupuestaria y de gasto público:
a) Proponer a la Junta de Castilla y León, en el marco de la política general económica y presupuestaria, las directrices a que deberán ajustarse los gastos de personal al servicio de la Administración de Castilla y León.
b) Informar las medidas en materia de personal que puedan suponer modificación en el gasto.
c) Informar los planes de empleo, así como las previsiones y medidas que se deriven de los mismos y que tengan incidencia en el gasto público.
Texto consolidado tomado del BOE (versión vigente desde el 30/06/2005). Es una reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE. Comprueba siempre la versión en vigor y la normativa propia de tu sector y comunidad.
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