Normativa › Canarias › Disposición final tercera

Disposición final tercera (Canarias)

TÍTULO IX · Del Instituto Canario de Administración Pública

La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de Canarias».

Texto consolidado tomado del BOE (versión vigente desde el 04/04/1987). Es una reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE. Comprueba siempre la versión en vigor y la normativa propia de tu sector y comunidad.
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