Normativa › Canarias › Art 9

Art 9 (Canarias)

TÍTULO II · De los órganos superiores con competencia en materia de personal

Podrán crearse en las distintas Consejerías, organismos paritarios compuestos por representantes del personal y de la Administración, con funciones de consulta y asesoramiento en materia de sistemas de racionalización y organización del trabajo.

Texto consolidado tomado del BOE (versión vigente desde el 04/04/1987). Es una reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE. Comprueba siempre la versión en vigor y la normativa propia de tu sector y comunidad.
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