Art 4 (Canarias)
TÍTULO II · De los órganos superiores con competencia en materia de personal
Son órganos superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias con competencia en materia de personal:
El Gobierno de Canarias.
El Consejero de la Presidencia.
El Consejero de Hacienda.
La Comisión de la Función Pública Canaria.
Texto consolidado tomado del BOE (versión vigente desde el 04/04/1987). Es una reproducción informativa: el único texto oficial es el publicado en el BOE. Comprueba siempre la versión en vigor y la normativa propia de tu sector y comunidad.
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